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Preventiva · seguro de decesos
Pareja joven cogida de la mano en un momento de calma, una imagen para la guía sobre herencia digital

Guía de decesos

Herencia digital: las cuentas de un fallecido

Cuando fallece una persona no solo deja bienes físicos: también deja una vida digital. Correos, redes sociales, fotos en la nube, suscripciones y hasta monederos de criptomonedas forman lo que se conoce como herencia digital. Gestionarla es un trámite más tras el fallecimiento, y en España está reconocido por ley. Te explicamos qué se puede hacer con las cuentas de un fallecido, cómo actuar en las principales plataformas y por qué conviene dejarlo previsto.

Por el equipo de Preventiva Decesos Actualizado el 5 de julio de 2026
Dos manos resguardan un círculo de figuras de personas, una imagen para la guía sobre herencia digital

Qué es la herencia digital y qué dice la ley

La herencia digital es todo lo que dejamos en internet: cuentas de correo, redes sociales, fotos y documentos en la nube, suscripciones, dominios o criptomonedas. En España no es un vacío legal: la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos (LOPDGDD) reconoce en su artículo 96 el testamento digital, que permite a las personas vinculadas al fallecido acceder a sus datos, gestionarlos o solicitar su supresión, salvo que el fallecido lo hubiera prohibido en vida. Es, por tanto, un trámite más de los que hay que atender cuando fallece un familiar.

Cómo actuar en las principales plataformas

  • Facebook e Instagram: permiten convertir la cuenta en conmemorativa o eliminarla. Se puede designar en vida un contacto de legado que la gestione.
  • Google (Gmail, Fotos, YouTube): ofrece el Administrador de cuentas inactivas, que decide qué pasa con la cuenta tras un tiempo de inactividad.
  • Apple: dispone del Contacto de legado para acceder a los datos de la cuenta.
  • Otros servicios: bancos online, suscripciones y plataformas suelen requerir el certificado de defunción y acreditar el vínculo para cerrar la cuenta.

Los procedimientos exactos los fija cada plataforma y pueden cambiar; conviene consultar su centro de ayuda.

Documentación habitual

Para casi cualquier gestión te pedirán el certificado de defunción y, a veces, acreditar el parentesco o la condición de heredero. Igual que con el resto de trámites, conviene tener varias copias del certificado. Si la vida digital incluye bienes con valor económico (criptomonedas, dominios, saldos en plataformas), formarán parte de la herencia y del impuesto de sucesiones.

Déjalo previsto: el mejor favor a tu familia

La mayor dificultad de la herencia digital es que, sin instrucciones, la familia no sabe ni qué cuentas existen ni cómo acceder. Puedes evitarlo: designa los contactos de legado que ofrecen las plataformas, usa un gestor de contraseñas accesible para alguien de confianza y deja tus voluntades por escrito, algo que encaja con hacer testamento y con el testamento vital.

Dónde encaja el seguro de decesos

El seguro de decesos se ocupa del sepelio, no de la vida digital. Pero comparten una misma idea: dejar las cosas resueltas para que, llegado el momento, tu familia no tenga que improvisar en pleno duelo. Tener el funeral cubierto y la herencia (también la digital) previstos es la mejor forma de descargarles. Puedes ver el mapa completo de gestiones en la gestión de la herencia y trámites tras un fallecimiento.

Resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes

¿Qué es la herencia digital?

Es el conjunto de bienes y cuentas digitales que una persona deja al fallecer: correo electrónico, perfiles en redes sociales, fotos y documentos en la nube, suscripciones, dominios web o criptomonedas. En España, la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPDGDD) reconoce el llamado testamento digital y permite a las personas vinculadas al fallecido acceder, gestionar o solicitar la eliminación de sus datos, salvo que el fallecido lo hubiera prohibido.

¿Se pueden cerrar las redes sociales de un fallecido?

Sí. Las principales plataformas tienen procedimientos para ello. Facebook e Instagram permiten convertir la cuenta en conmemorativa o eliminarla, y admiten designar un contacto de legado en vida. Google ofrece el Administrador de cuentas inactivas y Apple el Contacto de legado. En general se solicita aportando el certificado de defunción y acreditando el vínculo con el fallecido.

¿Quién puede gestionar las cuentas digitales de un fallecido?

Con carácter general, los herederos y las personas vinculadas al fallecido (familiares, o quien este hubiera designado) pueden dirigirse a las plataformas para acceder, cerrar o memorializar las cuentas, salvo que el fallecido lo hubiera prohibido expresamente. Cada servicio tiene su propio procedimiento y suele exigir el certificado de defunción.

¿Cómo puedo dejar previsto qué pasará con mi vida digital?

Lo más práctico es dejar instrucciones claras: designar los contactos de legado o herederos digitales que ofrecen las plataformas, usar un gestor de contraseñas al que pueda acceder alguien de confianza, y dejar por escrito tus voluntades (incluso en el testamento). Así evitas que tu familia tenga que pelear con cada servicio sin información.

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