Qué es el copago en decesos
El copago no es una penalización escrita en la póliza: es lo que ocurre cuando el capital asegurado se queda corto. Si tu seguro cubre 3.000 euros y el servicio funerario cuesta 5.000, alguien tiene que pagar los 2.000 restantes, y ese alguien es tu familia, en el peor momento. Por eso un seguro "sin copago" no es un producto especial, sino una póliza bien dimensionada.
Conviene saber que la palabra copago no aparece en la ley del seguro, y eso no es un detalle de vocabulario: significa que nadie te debe esa diferencia. Lo que la ley regula es qué debe la aseguradora, y el artículo 106 bis de la Ley 50/1980 lo define como «prestar los servicios funerarios pactados en la póliza». Los pactados: si el servicio que quiere la familia va por encima de lo pactado, la diferencia no es un incumplimiento de nadie, es lo que no se contrató. De ahí que la única defensa real sea el dimensionado, y no una cláusula que prometa lo contrario.
Y hay un segundo escenario que se confunde con el copago y es distinto en sus consecuencias. Si la familia organiza el servicio por su cuenta, el mismo artículo dispone que «el asegurador quedará obligado a satisfacer la suma asegurada a los herederos del asegurado fallecido, no siendo responsable de la calidad de los servicios prestados». Es decir: en ese caso paga la suma asegurada, no la factura hasta ese tope. Si el servicio costó menos, la diferencia no se reclama; si costó más, tampoco se cubre. Lo desarrollamos en libre elección de funeraria.
La otra pieza es de dónde sale el precio, porque un capital correcto se puede quedar corto si te empujan a un único proveedor caro. Ahí el artículo 106 quáter obliga a la aseguradora a poner a disposición del asegurado «de forma fácilmente accesible, una relación de prestadores de servicios que garantice una efectiva libertad de elección», salvo en los contratos donde expresamente se prevea un único prestador. Esa salvedad es justo la que hay que mirar antes de firmar: si tu póliza contempla un solo prestador, tu margen frente al copago depende por completo de lo que ese prestador cobre.
Capital fijo frente a capital revalorizable
Aquí está la trampa más habitual. Un capital fijo no cambia con los años: lo que hoy cubre el entierro, dentro de quince años puede quedarse muy por debajo por la subida de precios. Un capital revalorizable se actualiza cada año según el IPC o el coste real del servicio, de modo que la cobertura no pierde valor con el tiempo. Para evitar el copago a futuro, un capital revalorizable es casi siempre la mejor decisión.
Cómo asegurarte de que tu póliza no genera copago
- Dimensiona bien el capital: que iguale o supere el coste del servicio en tu provincia.
- Elige capital revalorizable: que se ajuste cada año con la inflación funeraria.
- Revisa tu póliza si es antigua: un capital contratado hace años puede haberse quedado corto; si es tu caso, valora cambiar de seguro.
- Lee el condicionado: confirma que el servicio se presta "a todo coste" hasta el capital, sin franquicias.
Señales de alerta
- Una prima sospechosamente baja suele esconder un capital insuficiente.
- Pólizas antiguas con capital fijo que nunca se ha actualizado.
- Falta de claridad sobre qué ocurre si el servicio cuesta más que el capital.
Nuestra forma de evitarlo
En Preventiva ajustamos el capital al coste real de tu zona para que contrates con tranquilidad, sin sorpresas para los tuyos. Puedes ver el efecto del capital en tu cuota directamente en el cotizador, y entender el resto de variables en la guía de cuánto cuesta un seguro de decesos.