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Guía de decesos

Certificado de contratos de seguros: cómo saber si el fallecido tenía un seguro

Muchas familias no saben si su ser querido tenía un seguro de vida o de accidentes, y hay capitales que se quedan sin cobrar por puro desconocimiento. El certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento existe exactamente para eso: te decimos qué recoge (y qué no), cuándo se puede pedir y cómo se solicita paso a paso.

Por el equipo de Preventiva Decesos Actualizado el 18 de agosto de 2026
Asistencia 24 horas Sin letra pequeña Libre elección de funeraria Precio sin dar tus datos
Unas manos abiertas y unidas en señal de amparo, una imagen para la guía sobre certificado de contratos de seguros

Qué es y para qué sirve

Es un certificado del Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento, un registro público del Ministerio de Justicia creado por la Ley 20/2005. Su función es simple y muy valiosa: decirte si una persona fallecida tenía seguros de vida o de accidentes con cobertura de fallecimiento vigentes, y con qué aseguradora. Antes de existir este registro, era habitual que capitales enteros se quedaran sin cobrar porque los beneficiarios ni siquiera sabían que la póliza existía.

Qué seguros aparecen (y cuáles no)

  • Sí aparecen: los seguros de vida con cobertura de fallecimiento y los seguros de accidentes que cubran la muerte del asegurado, tanto pólizas individuales como colectivas (por ejemplo, el seguro de vida vinculado a una hipoteca o el de un convenio de empresa).
  • No aparecen: las pólizas de decesos, los planes de pensiones o los seguros que no cubran el fallecimiento. Un seguro de decesos se localiza por los recibos del banco, la documentación de casa o preguntando a la funeraria y a las aseguradoras habituales. Y si aparece más de una póliza de decesos, conviene saber que la segunda compañía puede deberte el capital en dinero.

De ahí una lección práctica que repetimos en qué hacer cuando fallece un familiar: ningún registro sustituye a que tu familia sepa que la póliza de decesos existe y tenga localizado el teléfono de asistencia. Es lo primero que hace falta en las primeras horas.

Cuándo y cómo se solicita

  1. Espera legal: puede pedirse una vez transcurridos 15 días desde el fallecimiento, el mismo plazo que el certificado de últimas voluntades.
  2. Modelo 790: se solicita con el mismo impreso y una tasa pequeña, marcando el apartado de contratos de seguros. Lo práctico es pedir los dos certificados a la vez.
  3. Vías: por internet en la sede electrónica del Ministerio de Justicia (con certificado digital o Cl@ve), de forma presencial o por correo. Hará falta el certificado de defunción si la defunción no consta ya informatizada en el Registro Civil.
  4. Vigencia de los datos: el registro conserva la información durante cinco años desde el fallecimiento, así que no conviene dormirse.

Los dos plazos, con la ley delante, y por qué un certificado puede salir vacío

Las dos cifras de arriba no son costumbre administrativa: están en el artículo 6 de la Ley 20/2005. El de la espera dice que el certificado se emite «siempre que hayan transcurrido quince días desde la fecha de defunción», y el de la caducidad, que «El plazo durante el que estarán disponibles los datos en el Registro será de cinco años, contados desde la fecha indicada en el apartado anterior».

Y ese mismo apartado explica algo que desconcierta mucho cuando pasa: un certificado puede volver vacío aunque existiera un seguro. No es un error del registro, es lo que manda la ley: «los datos relativos a contratos cuyas prestaciones hayan sido satisfechas por la entidad o entidades aseguradoras se cancelarán del Registro tan pronto como al órgano encargado de su gestión le sea comunicada tal circunstancia por la entidad aseguradora». Dicho claro: si la aseguradora ya pagó y lo comunicó, ese contrato desaparece del registro. Un certificado sin resultados prueba que no queda nada pendiente, no que nunca hubiera póliza.

Un último detalle práctico, del artículo 7, para no llevarse un chasco al llamar a la compañía: con el certificado en la mano puedes preguntar a la aseguradora si eres beneficiario, pero si no lo eres, «la entidad aseguradora se limitará a hacer constar a aquél esta circunstancia, sin facilitarle ninguna otra información». No te dirán quién es el beneficiario ni por cuánto: el registro dice que hay póliza, no a nombre de quién está el dinero.

Qué hacer si aparece un seguro

Contacta con la aseguradora que figura en el certificado, aporta el certificado de defunción y acredita tu condición de beneficiario o heredero. Con carácter general, el plazo para reclamar en los seguros de personas es de cinco años. Ten en cuenta que el capital percibido tributa en el impuesto de sucesiones, como explicamos en la fiscalidad del seguro de decesos, y que si hay herencia en marcha conviene coordinarlo con la gestión de la herencia.

El trío de certificados, completo

Con este certificado se cierra el trío documental de cualquier fallecimiento: el certificado de defunción acredita la muerte, el certificado de últimas voluntades dice si hay testamento, y el de contratos de seguros destapa los capitales pendientes de cobrar. Un seguro de decesos con gestión de trámites incluida orienta a la familia en los tres. Si quieres dejar ese frente resuelto, puedes calcular tu seguro de decesos en dos minutos.

Unas manos protegen a una familia de papel sobre una mesa, una imagen para la guía sobre certificado de contratos de seguros

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Una familia pasea unida por la playa, una imagen para la guía sobre certificado de contratos de seguros

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Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si un fallecido tenía un seguro de vida?

Solicitando el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, un registro público del Ministerio de Justicia creado por la Ley 20/2005. Puede pedirlo cualquier persona interesada una vez transcurridos 15 días desde el fallecimiento, y certifica los seguros de vida y de accidentes vigentes del fallecido y con qué aseguradora estaban contratados.

¿Aparece el seguro de decesos en este certificado?

No. El registro recoge los seguros de vida con cobertura de fallecimiento y los de accidentes que cubran la muerte, pero no las pólizas de decesos. Un seguro de decesos se localiza normalmente por los recibos bancarios, la documentación en casa o preguntando a las aseguradoras habituales de la familia. Por eso es tan importante que tu familia sepa que la póliza existe y dónde está.

¿Cuánto tiempo tengo para pedirlo?

Los datos permanecen en el registro durante cinco años desde la fecha del fallecimiento. Conviene pedirlo pronto, en la misma tanda que el certificado de últimas voluntades, porque ambos se solicitan con el mismo modelo 790 y los pide casi cualquier trámite de herencia.

¿Qué hago si aparece una póliza?

Contacta con la aseguradora que figura en el certificado, aporta el certificado de defunción y acredita tu condición de beneficiario o heredero. Con carácter general, en los seguros de personas el plazo para reclamar es de cinco años. El capital tributa en el impuesto de sucesiones, así que conviene incluirlo en la liquidación.

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