Qué es un funeral laico y qué significa
Un funeral laico es la despedida de un fallecido que no sigue el rito de ninguna religión. También se llama funeral civil, no religioso o humanista, y los cuatro nombres designan lo mismo. El significado sale de las dos palabras: el Diccionario de la Real Academia Española define funeral como la pompa y solemnidad con que se hace un entierro o unas exequias, que son las honras fúnebres, y laico como lo independiente de cualquier organización o confesión religiosa, con civil entre sus sinónimos. Humanista apunta a lo mismo desde otro lado: la Academia recoge el humanismo como un sistema de creencias que no necesita aceptar la existencia de Dios ni la predicación de las religiones.
Laico no quiere decir sin ceremonia. Puede haber palabras sobre la vida de la persona, lecturas, música y un momento final de despedida; lo que no hay es misa, responso ni ministro de una confesión, y el contenido lo decide la familia o lo dejó decidido el fallecido. Tampoco es lo mismo que el entierro: el funeral es la ceremonia y el entierro es dar sepultura, como explicamos en incineración o entierro. Un funeral laico se puede celebrar con cualquiera de las dos opciones.
El funeral laico en España: lo que dice la ley
En España, despedir a alguien sin religión es un derecho. La Constitución lo recoge en su artículo 16: «Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades», y añade que «Ninguna confesión tendrá carácter estatal». La Ley Orgánica 7/1980, de libertad religiosa, concreta en su artículo 2 el derecho a «Profesar las creencias religiosas que libremente elija o no profesar ninguna», a «recibir sepultura digna, sin discriminación por motivos religiosos» y a «no ser obligado a practicar actos de culto o a recibir asistencia religiosa contraria a sus convicciones personales».
La norma que lleva todo esto al cementerio es la Ley 49/1978, de enterramientos en cementerios municipales. Su artículo 1 obliga a los ayuntamientos a que los enterramientos se hagan «sin discriminación alguna por razones de religión ni por cualesquiera otras», y su artículo 2 deja la decisión a quien se despide: «Los ritos funerarios se practicarán sobre cada sepultura de conformidad con lo dispuesto por el difunto o con lo que la familia determine». Antes había espacios separados: la propia ley dio un año para que los lugares destinados a «los que hasta ahora se denominaban cementerios civiles» volvieran a comunicarse con el resto del cementerio.
Cómo se organiza un funeral laico
- Saber qué quería la persona. La ley pone en primer lugar lo dispuesto por el difunto. Si lo dejó dicho, la familia lo sigue; si no, decide ella.
- Contratar el servicio funerario. El funeral laico va sobre un servicio normal, con entierro o con incineración: tanatorio, féretro, traslados y trámites. La funeraria la eliges tú aunque haya seguro, como contamos en libre elección de funeraria.
- Elegir el lugar. La sala de ceremonias de un tanatorio o un crematorio, la propia sala del tanatorio o velatorio, o el cementerio, junto a la sepultura, que es donde la Ley 49/1978 sitúa los ritos.
- Decidir quién la conduce. Un familiar, un amigo o un oficiante profesional. Conviene que conozca a la persona o que se reúna antes con la familia.
- Preparar el contenido. Unas palabras sobre su vida, alguna lectura, música grabada o en directo, un tiempo de silencio y un gesto final, como dejar una flor. Pregunta en el tanatorio por el horario disponible y la duración de la sala.
Cuánto cuesta un funeral laico o no religioso
La parte grande es el servicio funerario, que no cambia por ser laico: entre 3.500 y 6.500 euros si hay entierro, según nuestra guía del coste de un entierro en España, y con incineración, entre 2.600 y 4.000 euros. La ceremonia, sea civil o religiosa, se factura aparte. Estos son los precios que hemos encontrado en tarifas públicas de 2026:
- Sala de ceremonias: 175,45 euros con IVA en el complejo funerario de Torrero, en el cementerio municipal de Zaragoza, según las tarifas de 2026 que publica el Ayuntamiento de Zaragoza, y 203,10 euros en el crematorio municipal de Ávila, según su ordenanza fiscal número 27, en vigor desde el 9 de enero de 2026. En Zaragoza esa tarifa se aplica a todas las ceremonias.
- Ceremonia personalizada: el catálogo de Torrero la cobra a 235,95 euros. Pregunta qué incluye antes de contratarla.
- Música en directo: en Torrero, de 169,40 euros con un intérprete a 423,50 euros con cuatro.
- Oficiante: no hemos encontrado ninguna tarifa pública de un oficiante civil. Su precio depende de quién sea, del tiempo que dedique a preparar la ceremonia con la familia, de lo que dure y del desplazamiento. El catálogo de Torrero solo pone precio al celebrante religioso, 86 euros más IVA.
Por eso un funeral laico no es por fuerza más barato ni más caro que uno religioso: la sala cuesta lo mismo y la diferencia está en quién conduce la despedida y en lo que se añade. Las cifras de Zaragoza y Ávila no valen para toda España, así que en tu localidad pide el precio de la sala al tanatorio o al cementerio.
Qué incluye el presupuesto y qué no
El presupuesto del servicio base suele recoger el tanatorio, el féretro, el coche fúnebre y los traslados, la inhumación o la cremación y las gestiones. La ceremonia, las flores, las esquelas y los recordatorios van aparte. La OCU, en su estudio de precios publicado en octubre de 2021, contó más de una docena de conceptos en la factura, entre ellos el responso por el difunto, que en un funeral laico no se contrata, y encontró que una de cada tres funerarias no entregaba un desglose detallado.
Pide el presupuesto por escrito y concepto a concepto. El artículo 60 del Real Decreto Legislativo 1/2007 obliga a informar antes de contratar de «El precio total, incluidos todos los impuestos y tasas», y su artículo 89 considera abusiva «La imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados». Si un paquete trae un servicio religioso que no has pedido, puedes rechazarlo.
Cómo pagarlo o cubrirlo con un seguro de decesos
El seguro de decesos no depende de la religión. La Ley 50/1980 dice en su artículo 106 bis que el asegurador se obliga a «prestar los servicios funerarios pactados en la póliza», dentro del capital contratado, y que «El exceso de la suma asegurada sobre el coste del servicio prestado por el asegurador corresponderá al tomador o, en su defecto, a los herederos». Si la familia prefiere otra funeraria, la aseguradora queda obligada a «satisfacer la suma asegurada a los herederos del asegurado fallecido».
En Preventiva, el servicio de decesos completo se adapta a los usos y costumbres de cada localidad de España, con devolución del importe de los servicios que no se utilicen. Lo que importa es que el capital alcance para el servicio que quieres; si se queda corto, la familia pone la diferencia.
Errores frecuentes al organizar un funeral laico
- No dejarlo dicho. Si la persona no expresó lo que quería, decide la familia, y en pleno duelo es fácil acabar en el formato de siempre.
- Creer que laico es sin despedida. Se puede hacer una ceremonia completa, con palabras, música y un momento final, sin ningún rito religioso.
- Dar por hecho que sale más barato. El servicio y la sala cuestan lo mismo; el precio depende de lo que añadas.
- Aceptar un paquete cerrado. Revisa que no incluya un responso u otro servicio religioso que no hayas pedido.
- Improvisar las palabras. Decidir antes quién hablará y cuánto tiempo evita silencios incómodos y que la ceremonia se alargue más de lo reservado.
Si quieres que tu familia no tenga que adelantar el coste del servicio, puedes calcular la cuota de tu seguro de decesos, sin compromiso.