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Guía de decesos

Cremación: qué es y cómo es el proceso paso a paso

La cremación, o incineración, es la reducción a cenizas del cuerpo de una persona fallecida por medio del calor, en el horno de un crematorio autorizado. Te contamos cómo es el proceso paso a paso en España, desde el certificado de defunción hasta la entrega de las cenizas, cuánto dura, qué pasa con el ataúd y con un marcapasos, qué exige la norma y cómo lo cubre un seguro de decesos.

Por el equipo de Preventiva Decesos Actualizado el 21 de octubre de 2026
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Unos abuelos y su nieto pasean juntos por un viñedo, una imagen para la guía sobre cremación

Qué es la cremación

La cremación es una de las formas de dar destino final al cuerpo de una persona: reducirlo a cenizas en un horno. La norma estatal, el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria (Decreto 2263/1974), la define en su artículo 7, bajo la entrada «Incineración o cremación», como «La reducción a cenizas del cadáver por medio del calor». Por eso usamos las dos palabras como sinónimos: cremar e incinerar a una persona es lo mismo.

Es uno de los tres destinos que admite la ley: el artículo 6 del reglamento dice que «el destino final de todo cadáver será uno de los tres siguientes» y los enumera, el enterramiento en lugar autorizado, la incineración y la inmersión en alta mar. Se hace en un crematorio, que la Guía de consenso sobre sanidad mortuoria del Ministerio de Sanidad (2025) describe como una instalación con uno o varios hornos. Si dudas entre esta opción y el entierro, las comparamos en incineración o entierro.

El proceso de cremación paso a paso

Desde el fallecimiento hasta que la familia recibe la urna hay siete pasos, y cada uno depende del anterior:

  1. Certificado médico de defunción. Según el artículo 62 de la Ley 20/2011, del Registro Civil, la defunción se inscribe con la declaración en el formulario oficial «acompañado del certificado médico de la defunción». Cómo se pide lo explicamos en certificado de defunción.
  2. Inscripción y licencia. Hecha la inscripción, el Encargado del Registro Civil «expedirá la licencia para el entierro o incineración» (mismo artículo). Sin ella no se puede seguir: el artículo 5 del reglamento no permite la cremación hasta después de «haberse concedido la licencia de enterramiento».
  3. Solicitud. La pide «el pariente presente más allegado al difunto» o, en su defecto, el organismo o entidad responsable, con el certificado y la licencia, indicando el «crematorio de cadáveres oficialmente autorizado» que se quiere usar (artículo 21). La incineración «podrá realizarse dentro o fuera de la localidad donde radique el domicilio mortuorio», así que no hace falta que haya horno en tu localidad.
  4. Velatorio y espera mínima. El artículo 15 del reglamento dice que la permanencia del cadáver en el domicilio mortuorio, que según la guía de consenso incluye los lugares de vela, «no podrá ser inferior, con carácter general, a las veinticuatro horas, ni exceder de cuarenta y ocho horas desde la del fallecimiento». Si la cremación va a ser más tarde, la guía pide aplicar antes algún método de conservación.
  5. Féretro para incineración. El cuerpo entra en el horno dentro de su ataúd, de un material que se destruya con facilidad por el calor (lo vemos más abajo).
  6. Cremación en el horno. El horno reduce a cenizas el cuerpo junto con el féretro. Según la guía de consenso, cada crematorio registra cada incineración con el nombre y apellidos del fallecido, su edad, su sexo y la fecha y hora.
  7. Entrega de las cenizas. Se colocan en «estuches de cenizas, figurando en el exterior el nombre del difunto» (artículo 53), lo que hoy llamamos urna, y según la guía se entregan a la familia, a las personas vinculadas al difunto por razones de hecho o a su representante legal. Los tipos de urna están en urnas para cenizas.

Cuánto dura una cremación

No hay una cifra oficial única: ni el reglamento ni la guía de consenso fijan cuánto tarda el horno, y el tiempo real depende del crematorio y de cuántas cremaciones tenga ese día. Sirve de ejemplo lo que publica un servicio público: el Ayuntamiento de Pamplona indica que en su cementerio municipal las cremaciones se hacen por la mañana a horas fijas y que las cenizas se entregan pasadas cuatro horas desde el inicio de la cremación, aunque a veces la entrega pasa al día siguiente.

Desde el fallecimiento, suma la espera mínima de veinticuatro horas del artículo 15 y lo que tarde la licencia. Como regla general, la cremación llega entre las veinticuatro y las cuarenta y ocho horas siguientes a la muerte, y más tarde solo si el cuerpo se conserva.

Qué pasa con el ataúd, la ropa y los objetos

El ataúd se incinera con el cuerpo. Por eso la guía de consenso prevé un féretro para incineración, parecido al común pero fácil de destruir por la acción del calor, y no admite en el horno féretros con cristal, PVC, melamina, cloro, metales pesados, barnices con disolventes ni otros materiales que suelten emisiones tóxicas. Los adornos y las asas que se desmontan desde fuera se quitan antes. Lo que cambia en el precio lo explicamos en cuánto cuesta un ataúd. La misma guía pide a la funeraria que informe de que conviene no meter en el ataúd objetos personales que aumenten mucho las emisiones, ni vestir al difunto con ropa de materiales halogenados, para que no se formen dioxinas ni furanos.

Marcapasos, prótesis y otros implantes

Llevar marcapasos no impide la cremación, pero hay que avisar a la funeraria. La guía de consenso incluye en la tanatoplastia la extracción de prótesis, marcapasos u otros dispositivos contaminantes, y pide que, antes de incinerar, la funeraria oriente a la familia sobre la conveniencia de autorizar la extracción de los implantes médicos y de los empastes con amalgama de mercurio. Si se autoriza, el implante se retira cuando se conoce dónde está. El motivo que da la guía es reducir en origen la contaminación del aire.

Qué requisitos pone la norma

  • Dónde hay crematorio. El artículo 53 del reglamento obliga a tenerlo en el cementerio de los municipios de «población mayor de medio millón de habitantes»; los más pequeños pueden instalarlo si lo solicitan.
  • Enfermedades contagiosas. Si el fallecido tenía una enfermedad infecciosa de riesgo para la salud pública, la cremación se comunica a la autoridad sanitaria, que «podrá prohibirla por razones sanitarias» (artículo 53).
  • Incinerar después de enterrar. La guía de consenso prevé exhumar un cadáver o unos restos, a petición del titular del derecho funerario, para incinerarlos en el mismo cementerio o en otro lugar autorizado.

El reglamento estatal es de 1974 y cada comunidad autónoma tiene sus propias normas de sanidad mortuoria; la guía de consenso nació para armonizarlas porque a veces no eran compatibles entre sí. Por eso los plazos y requisitos de tu caso pueden variar según dónde ocurra el fallecimiento.

Qué hace la familia con las cenizas

El artículo 53 dice que el transporte del estuche de cenizas o su depósito posterior «no estarán sujetos a ninguna exigencia sanitaria». La guía de consenso enumera los destinos: que las guarde un particular, depositarlas en una construcción funeraria o en un columbario, enterrarlas en un lugar autorizado o esparcirlas donde lo permitan las ordenanzas municipales y la norma autonómica o ambiental. Lo que pide cada opción está en qué hacer con las cenizas.

Qué dice la Iglesia católica de la cremación

La permite, aunque prefiere el entierro. El Catecismo de la Iglesia Católica (número 2301) recoge que la Iglesia permite la incineración cuando con ella no se pone en duda la fe en la resurrección del cuerpo. La instrucción Ad resurgendum cum Christo, de la Congregación para la Doctrina de la Fe (2016), explica que la cremación no toca el alma ni impide a Dios resucitar el cuerpo, y que no está prohibida salvo que se elija por razones contrarias a la doctrina cristiana. Pide además conservar las cenizas, por regla general, en un lugar sagrado, como el cementerio o una iglesia, y no permite esparcirlas ni convertirlas en joyas o recuerdos.

Cuánto cuesta y cómo la cubre un seguro de decesos

El precio depende de la ciudad, del tanatorio y de lo que se contrate; lo desglosamos en cuánto cuesta una incineración. Con un seguro de decesos, el asegurador se obliga, según el artículo 106 bis de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, «a prestar los servicios funerarios pactados en la póliza», dentro de los límites del contrato, y si el capital supera el coste del servicio, el exceso «corresponderá al tomador o, en su defecto, a los herederos». Si la familia elige otra funeraria, «el asegurador quedará obligado a satisfacer la suma asegurada a los herederos del asegurado fallecido». En Preventiva, la garantía básica es el servicio funerario íntegro, adaptado a los usos y costumbres de cada localidad de España, con devolución del importe de los servicios que no se utilicen. Si prefieres la cremación, déjalo dicho a los tuyos, y si quieres que llegado el día todo esté organizado y pagado, puedes calcular tu seguro de decesos.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la cremación de un cuerpo?

Es reducir a cenizas el cuerpo de una persona fallecida por medio del calor, en el horno de un crematorio autorizado. El Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria la define así en su artículo 7, bajo la entrada «Incineración o cremación». Las cenizas se entregan después a la familia en una urna con el nombre del difunto en el exterior.

¿Cuánto cuesta una cremación?

De forma orientativa, una incineración completa cuesta en España entre 2.600 y 4.000 euros, según la ciudad, el tanatorio y los servicios contratados. Es el precio del servicio funerario completo, no solo del horno, así que conviene pedir siempre el presupuesto detallado y por escrito. El desglose, con lo que entra y lo que se cobra aparte, está en nuestra guía de cuánto cuesta una incineración.

¿Cómo es el proceso de cremación de un cuerpo?

Tiene siete pasos: certificado médico de defunción, inscripción en el Registro Civil y licencia, solicitud de la incineración, espera mínima con el velatorio, féretro para incineración, cremación en el horno y entrega de las cenizas en una urna. No se puede incinerar hasta después de «haberse concedido la licencia de enterramiento» (artículo 5 del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria), y con carácter general el cuerpo permanece al menos veinticuatro horas desde el fallecimiento (artículo 15). El horno reduce a cenizas el cuerpo junto con el ataúd, y las cenizas se entregan a la familia con el nombre del difunto en el exterior de la urna.

¿Qué dice la Iglesia católica sobre la cremación?

La permite, aunque sigue prefiriendo el entierro. Según el Catecismo de la Iglesia Católica (número 2301), la Iglesia permite la incineración cuando con ella no se pone en duda la fe en la resurrección del cuerpo, y la instrucción Ad resurgendum cum Christo, de 2016, explica que la cremación no está prohibida salvo que se elija por razones contrarias a la doctrina cristiana. Esa misma instrucción pide conservar las cenizas, por regla general, en un lugar sagrado, como el cementerio o una iglesia, y no permite esparcirlas.

¿Se puede incinerar a una persona con marcapasos o prótesis?

Sí, pero hay que avisar de que lo lleva, porque antes de la incineración se valora retirarlo. La Guía de consenso sobre sanidad mortuoria del Ministerio de Sanidad trata los marcapasos y las prótesis como dispositivos que pueden contaminar, prevé su extracción dentro de la tanatoplastia y pide a la funeraria que oriente a la familia sobre la conveniencia de autorizarla, con el fin de reducir la contaminación del aire. Cada comunidad autónoma puede tener reglas propias, así que la funeraria te dirá qué se aplica en tu caso.

¿Es malo incinerar a una persona?

No: la ley la trata como un destino tan válido como el entierro. El artículo 6 del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria dice que «el destino final de todo cadáver será uno de los tres siguientes», y la incineración es uno de ellos, junto al enterramiento y la inmersión en alta mar. La Iglesia católica también la permite, así que la elección es personal; si la tuya está clara, lo mejor es dejarla dicha a tu familia.

¿Cuánto dura una cremación?

No hay una duración oficial única: depende del crematorio y de cuántas cremaciones tenga ese día. Como ejemplo de un servicio público, el Ayuntamiento de Pamplona indica que en su cementerio municipal las cenizas se entregan pasadas cuatro horas desde el inicio de la cremación, y que a veces la entrega pasa al día siguiente. Antes de eso, la norma estatal pide con carácter general esperar al menos veinticuatro horas desde el fallecimiento.

¿Se quema el ataúd en la incineración?

Sí, el ataúd se incinera junto con el cuerpo. Por eso la Guía de consenso sobre sanidad mortuoria del Ministerio de Sanidad prevé un féretro para incineración, de un material que se destruya con facilidad por la acción del calor y sin cristal, PVC, metales pesados ni barnices con disolventes. Los adornos y las asas que se pueden desmontar desde fuera se quitan antes de la incineración.

¿Se puede incinerar a una persona después de enterrarla?

Sí. La Guía de consenso sobre sanidad mortuoria del Ministerio de Sanidad prevé que el titular del derecho funerario pida la exhumación de un cadáver o de unos restos para incinerarlos en el mismo cementerio o en otro lugar autorizado. Si se trasladan fuera, según lo que decida cada comunidad autónoma hará falta autorización de la autoridad sanitaria o bastará con comunicárselo, y en el caso de un cadáver se adjunta el certificado médico de defunción si se dispone de él.

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