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Guía de decesos

Cuánto cuesta un entierro en Cuenca en 2026

En Cuenca ninguna de las tres funerarias de la capital publica el precio de un servicio completo, y no hay ningún estudio de consumidores con datos de la ciudad. Como referencia, un entierro cuesta entre 3.600 y 4.700 euros, la horquilla que damos para Albacete y Ciudad Real. Lo que sí está publicado es lo que cobra el Ayuntamiento, y es poco: te damos las tasas del cementerio y del crematorio, con la advertencia de que son de 2018, y qué ocurre cuando no hay dinero.

Por el equipo de Preventiva Decesos Actualizado el 20 de octubre de 2026
Asistencia 24 horas Sin letra pequeña Libre elección de funeraria Precio sin dar tus datos
Unas manos abiertas y unidas en señal de amparo, una imagen sobre el coste de un entierro en Cuenca en 2026

Cuánto cuesta un entierro en Cuenca: entre 3.600 y 4.700 euros

En la capital conquense hay tres funerarias con tanatorio: la Funeraria La Paz, con el Tanatorio Nuestra Señora de la Paz en la avenida de los Alfares; Servicios Funerarios Conquenses, con el Tanatorio R. Alameda en la Ronda Oeste, y Grupo Alborada, con el Tanatorio-Crematorio San Julián en la avenida Cruz Roja. Ninguna publica el precio de un servicio completo. Alborada enumera en su web lo que incluye uno de sus planes (arcón de madera maciza, sala de velatorio, una corona de flores, trámites y derechos parroquiales) pero no da la cifra, y avisa de que los gastos del cementerio van aparte. Tampoco hemos encontrado un estudio de consumidores con datos de Cuenca que se pueda comprobar en su fuente.

Por eso la cifra que damos es una referencia y lo decimos: entre 3.600 y 4.700 euros, la misma horquilla que usamos para Albacete y Ciudad Real; la de Toledo, de 3.700 a 4.800, es muy parecida. Lo que sí se puede medir en Cuenca es la parte del Ayuntamiento, que se suma al servicio de la funeraria:

  • Nicho temporal por 10 años: 149,99 + 119,39 de inhumación + 19,90 de mantenimiento = 289,28 euros.
  • Nicho a perpetuidad de la quinta fila, la más barata: 176,83 + 119,39 + 39,81 = 336,03 euros.
  • Nicho a perpetuidad de la segunda fila, la más cara: 574,83 + 119,39 + 39,81 = 734,03 euros.
  • Sepultura de tres cuerpos a perpetuidad: 1.398,95 + 159,16 + 95,50 = 1.653,61 euros.

Con esas sumas en la mano, cuando te den un presupuesto podrás separar lo que es tasa municipal de lo que es servicio. Y te sirven también para comprobar si el capital de tu seguro de decesos cubre el total.

Las tasas del cementerio de Cuenca, con importes de 2018

El cementerio municipal es el del Santísimo Cristo del Perdón, en la carretera del Cementerio, y el Ayuntamiento tiene una oficina de cementerio y crematorio en el Camino del Pozuelo, abierta de 9 a 13 y de 15 a 18 horas de octubre a marzo, y de 9 a 13 y de 17 a 20 de abril a septiembre. Las tasas están en la ordenanza fiscal número 26, cuya última modificación aprobó el Pleno el 28 de diciembre de 2017 y se aplica desde el 1 de enero de 2018, «permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa». El Ayuntamiento la sigue publicando como vigente y no hemos encontrado ninguna posterior, pero sus importes tienen ya ocho años: confírmalos en la oficina antes de contar con ellos. No distingue entre empadronados y no empadronados.

Tasas del cementerio de Cuenca, según su ordenanza o su tarifa oficial
Qué se paga Importe
Nicho temporal, por 10 años 149,99 €
Inhumación en nicho temporal 119,39 €
Mantenimiento de un nicho temporal, una sola vez 19,90 €
Nicho a perpetuidad, según la fila de 176,83 a 574,83 €
Sepultura de tres cuerpos, a perpetuidad 1.398,95 €
Inhumación en sepultura 159,16 €
Columbario temporal, por 10 años 75,00 €
Cremación 399,62 €

Fuente: Ordenanza fiscal n.º 26 reguladora de la tasa por los servicios del cementerio municipal (Ayuntamiento de Cuenca, texto vigente desde 2018), consultada el 20 de octubre de 2026. Son importes del cementerio, aparte de lo que factura la funeraria.

En los nichos a perpetuidad el precio depende de la fila y no baja de forma ordenada con la altura: la primera, la más baja, cuesta 365,13 euros; la segunda, 574,83; la tercera, 444,51; la cuarta, 255,99, y la quinta, 176,83. Los temporales cuestan lo mismo en cualquier fila, 149,99 euros por 10 años, y cada renovación de cinco años o fracción vuelve a costar 149,99. Una sepultura para cuatro cuerpos sale por 1.865,23 euros, y levantar o colocar la lápida de un nicho, 47,77 cada vez. Si no tienes claro qué elegir, compara nicho, panteón o columbario.

Incineración en Cuenca: entre 2.700 y 3.300 euros

No hace falta salir de la ciudad para incinerar. El crematorio municipal está en la carretera del Cementerio, junto al del Santísimo Cristo del Perdón, y lo explota en concesión la empresa del tanatorio de la avenida de los Alfares: «Tanatorio Nuestra Señora de la Paz (Urgencias Fraga S.L) es adjudicataria de la concesión municipal del horno crematorio en Cuenca.» El segundo lo abrió Grupo Alborada en octubre de 2024 dentro de su tanatorio de San Julián, con una inversión de 200.000 euros, y la prensa local lo presentó como el «primer horno crematorio privado que se pone en marcha en Cuenca capital». Según la empresa, las cremaciones son ya el 40 % en la capital.

La ordenanza fija una tasa de 399,62 euros por cada cremación, pero es de 2018 y no hemos podido comprobar que sea lo que cobra hoy el concesionario; ninguno de los dos crematorios publica su precio. Por eso la cifra del servicio completo vuelve a ser la referencia de Albacete y Ciudad Real, de 2.700 a 3.300 euros. Tienes el desglose de lo que entra en ella en cuánto cuesta una incineración.

Las cenizas también salen baratas en el cementerio municipal: esparcirlas en el recinto habilitado cuesta 14 euros, y un columbario temporal por 10 años, 75 más 59,72 de inhumación y 9,96 de mantenimiento. La norma de Castilla-La Mancha deja que la familia decida su destino, sea una fosa, un nicho, un columbario, una propiedad privada o el aire libre, con la única excepción de las vías y zonas públicas. Más opciones en qué hacer con las cenizas.

Lo que dice la norma de Castilla-La Mancha

En Cuenca rige el Decreto 72/1999, de 1 de junio, de sanidad mortuoria, publicado en el DOCM n.º 36, de 4 de junio de 1999, y modificado por el Decreto 175/2005, de 25 de octubre. Su artículo 76.1 marca los tiempos: «No se podrá proceder a la inhumación o cremación de un cadáver antes de las 24 horas desde el fallecimiento, ni después de las 48, salvo en los supuestos expresamente contemplados en este Decreto.» Si el entierro o la cremación se retrasan más allá de las 48 horas, el cuerpo tiene que conservarse temporalmente hasta las 72, y esa conservación es un coste más del presupuesto.

Si no hay dinero para el entierro

Paga quien contrata el servicio, normalmente la familia, o la herencia. El artículo 5 de la ordenanza fiscal deja exentos tres casos: los enterramientos de asilados de la Beneficencia, siempre que el traslado lo pague el propio establecimiento; las inhumaciones en fosa común que ordena un juez, y «Los enterramientos de cadáveres de pobres de solemnidad.», una expresión antigua para quien carece por completo de medios. Además, para disfrutar de cualquier beneficio fiscal hay que estar al corriente de pago con el Ayuntamiento. En las listas de ordenanzas y reglamentos municipales no hemos encontrado ningún servicio funerario social con cuantía para la familia que no llega al presupuesto.

Cómo evitar que ese gasto recaiga sobre tu familia

Que el Ayuntamiento cobre poco no cambia lo principal: el servicio de la funeraria son varios miles de euros que se pagan de un día para otro. Para que no los adelante nadie, el seguro de decesos necesita un capital suficiente y actualizado; si se queda por debajo del coste real, la familia paga la diferencia, y eso es el copago del seguro de decesos. Mira cuánto cuesta un seguro de decesos, la cobertura del seguro de decesos en Cuenca o calcula tu precio sin compromiso. Tengas la póliza que tengas, puedes escoger la funeraria.

Si quieres comparar con capitales cercanas, tienes las guías de Guadalajara, Albacete, Teruel y Valencia, y el conjunto en cuánto cuesta un entierro en España.

Un paraguas rojo protege a las figuras de una familia, una imagen sobre el coste de un entierro en Cuenca en 2026

¿Cuánto cuesta el seguro que cubre este gasto?

Mira el precio del seguro de decesos en Cuenca, con ejemplos de cotización reales.

Precio en Cuenca
Una persona firma su póliza junto a un paraguas que cubre a una familia, una imagen sobre el coste de un entierro en Cuenca en 2026

Resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta un entierro en Cuenca?

Como referencia, un entierro en Cuenca cuesta entre 3.600 y 4.700 euros, que es la horquilla orientativa que damos para Albacete y Ciudad Real, otras dos capitales de Castilla-La Mancha. No es un precio medido en Cuenca, porque ninguna funeraria de la ciudad publica sus tarifas. La parte municipal sí está publicada y es baja: un nicho temporal por 10 años, con su inhumación y su mantenimiento, suma 289,28 euros según la ordenanza, con importes de 2018. Pide el presupuesto desglosado y por escrito.

¿Cuánto cuesta una incineración en Cuenca?

Como referencia, entre 2.700 y 3.300 euros, la horquilla que damos para Albacete y Ciudad Real. En Cuenca hay dos crematorios: el municipal, junto al cementerio, que lleva en concesión la empresa del Tanatorio Nuestra Señora de la Paz, y el del Tanatorio-Crematorio San Julián, de Grupo Alborada, abierto en octubre de 2024. Ninguno publica precio. La ordenanza municipal fija una tasa de cremación de 399,62 euros, con importes de 2018 y sin que conste que sea lo que cobra hoy el concesionario.

¿Cuánto cobra el cementerio de Cuenca por un nicho?

Por 10 años, 149,99 euros, renovables por periodos de cinco al mismo precio, más 119,39 euros de inhumación y 19,90 euros de mantenimiento, que se paga una sola vez. Lo que la ordenanza llama concesión a perpetuidad cuesta de 176,83 a 574,83 euros según la fila, y la más cara es la segunda. Son importes de 2018, los últimos que publica el Ayuntamiento.

¿Quién paga el entierro en Cuenca si no hay dinero?

Quien contrata el servicio, que suele ser la familia, o la herencia. La ordenanza del cementerio solo exime de la tasa tres casos: los enterramientos de pobres de solemnidad, los de asilados de la Beneficencia y las inhumaciones en fosa común que ordena un juez, y no hemos encontrado en las normas municipales ningún servicio funerario social más allá de eso. Un seguro de decesos con un capital suficiente es lo que evita que alguien tenga que adelantar el dinero.

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